Algunos accidentes de tránsito no solo son provocados por choferes. Los transeúntes también tienen parte de responsabilidad en esta difícil realidad, al hacer caso omiso a los reglamentos de educación vial.
Los peatones pueden ser sancionados con multas por no cumplir con el reglamento de tránsito por D.S. 040 – 2010 – MTC.
Por ello, compartimos información importante respecto a este reglamento de tránsito con la presente »Guía del Peatón».
¿Qué pasa si el peatón no acata las normas?
El policía le ordenará que se detenga, solicitará el DNI o cualquier otro documento que lo identifique, para llenar la papeleta con sus datos y colocar la falta que cometió. El docucmento tiene carácter de Declaración.
¿Qué pasa si el peatón se niega a firmar la papeleta?
El Policia de Tránsito anotará la negativa y dejará constancia del hecho.
¿En cuántos días se puede pagar la papeleta?
Si se paga dentro de los siete días de notificada la papeleta, el infractor pagará sólo el 17% del monto total. Si pasaron los primero siete días, pagará el 33%, siempre y cuando no haya llegado a sus manos la Notificación de Sanción que le haga recordar el pago de la papeleta. Si persiste la deudam se procederá a la Cobranza Coativa.
IMPORTANTE:
El infractor podrá sustituir el pago de la primera papeleta llevando un Curso de Educación y Seguridad Vial de manera gratuita, en el Consejo Nacional de Educación Vial o por los Consejos Regionales de Seguridad Vial, antes de la Resolución Coactiva.
A partir de la segunda papeleta, podrá sustuir elpago, realizando trabajos comunitarios en acciones de Educación Vial destinadas a escolares y/o a la comunidad, para lo cual, el infractor deberá solicitarlos a la Autoridad competente, antes del inicio de la ejecución de la Cobranza Coactiva.
Tabla de Infracciones al peatón D.S. 040-2010-MTC
Código | Infracción | Clasificación | Sanción | Medida Preventiva |
A-1 | Cruzar la calzada sin respetar las normas de tránsito o hacerlo de manera intempestiva en estado de ebriedad, superior al 0-50 grs/lt o bajo los efectos de estupefacientes , narcóticos y/o alucinógenos, comprobados con el examen respectivo o por negarse al mismo. | Muy Grave | 3% de la UIT (S/. 109.50) | Interrupción del Viaje |
A-2 | Cruzar de manera intempestiva o temeraria la calzada, sin respetar las normas de tránsito. | Muy Grave | 2% de la UIT(S/.73.00) | Interrupción del Viaje |
A-3 | Cruzar la calzada sin utilizar los puentes peatonales o cruces subterráneos, en vías rápidas y/o acceso restringido. | Muy Grave | 2% de la UIT (S/. 73.00) | Interrupción del Viaje |
A-4 | Transitar por las calzadas exceptop para cruzar o evitar un obstáculo. | Muy Grave | 2% de la UIT (S/.73.00) | Interrupción del Viaje |
A-5 | No respetar las señales que rigen el tránsito o desobedecer las indicaciones del efectivo de la Policía Nacional del Perú asignado al control del tránsito | Muy Grave | 2% de la UIT (S/.73.00) | Interrupción del Viaje |
A-6 | Cruzar la calzada por delante de un vehículo detenido, por cualquier cosa, cuando no le asiste el derecho de paso. | Muy Grave | 2% de la UIT (S/.73.00) | Interrupción del Viaje |
A-7 | No respetar el derecho de preferencia de los vehículos de emergencia o vehículos oficiales que se anuncian con sus señales audibles y visibles. | Muy Grave | 2% de la UIT (S/.73.00) | Interrupción del Viaje |
A-8 | Alterar, mutilar, remover o suprimir las señales de tránsito. | Muy Grave | 2% de la UIT (S/.73.00) | Interrupción del Viaje |
B-1 | Bajar o ingresar repentinamente a la calzada para intentar detener el vehículo | Grave | 0.75% de la UIT (S/. 27.43) | Interrupción del Viaje |
B-2 | Subir y bajar de los vehículos en movimiento | Grave | 0.75% de la UIT (S/. 27.43) | Interrupción del Viaje |
B-3 | Utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios u otros, a excepción de la publicidad que se emplee en las señales turísticas en la forma establecidad en el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito para calles y carreteras. | Grave | 0.75% de la UIT (S/. 27.43) | Interrupción del Viaje |
B-4 | Arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación o constituyan peligro para los usuarios. | Grave | 0.75% de la UIT (S/. 27.43) | Interrupción del Viaje |
C-1 | Transitar cerca al sardinel o al borde de la calzada. | Grave | 0.75% de la UIT (S/. 27.43) | Interrupción del Viaje |
C-2 | Sujetarse de algún elemento externo de la carrocería de un vehículo que está circulando. | Grave | 0.75% de la UIT (S/. 27.43) | Interrupción del Viaje |
C-3 | Subir o bajar el pasajero de los vehículos por el lado izquierdo, salvo que: De acuerdo al Reglamento Nacional de Vehículos, la estructura vehícular no cuente con la puerta a la derecha o se encuentre autorizado por la autoridad competente. | Grave | 0.75% de la UIT (S/. 27.43) | Interrupción del Viaje |
Tenga en cuenta que:
– En el portal web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, está publicada la relación de peatones infractores, la misma que es de acceso público.
– No podrá acceder a una licencia de conducir si tiene papeletas pendientes de pago.
– Si intenta sobornar a un policía con dinero u otros para que no aplique la papeleta, podrá ser denunciado por intento de corrupción y tener una pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de cinco. Si el caso es contrario y el policía intenta pedir dinero al peatón, está en la facultad de denunciarlo ante el Órgano de Control de la PNP y/0 Ministerio Público.
– Si declara otros datos que no corresponden a lo real, se procederá a tomar las acciones respectivas y penales correspondientes, y podría ser denunciado.
– Si el infractor es menor de edad, sólo se impondrá una papeleta educativa, pero la autoridad se encargará de mandar una copia de la papeleta a su hogar para el conocimiento de sus padres.