El 21 de octubre último se publicó en El Peruano la RM. 0633-2015-IN, con el cual la Superintendencia Nacional de Migraciones ha eliminado de su TUPA 130 requisitos innecesarios, que venían generando trabas burocráticas y hacían los trámites engorrosos para nacionales y extranjeros residentes en el Perú.
En la exposición de motivos se argumenta que los trámites establecidos por la autoridad administrativa deben ser sencillos, racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir, eliminándose toda complejidad innecesaria, en concordancia con el principio de simplicidad administrativa que dispone la Ley N° 27444.
Los principales cambios son:
– Se eliminan las cartas de garantía económica y Declaraciones Juradas que debía firmar el familiar peruano para prorrogar la residencia, cambiar de calidad migratoria o solicitar visa del pariente extranjero.
– Se elimina la obligación de presentar anualmente partida de matrimonio/ nacimiento original para que el extranjero residente prorrogue su permanencia en el país.
– Se suprime la obligación de presentar partida original de los extranjeros que desean cambiar su calidad migratoria de turista a residente (se presenta una sola vez).
– Para la nacionalización de un ciudadano extranjero por matrimonio con peruano, no se requerirá la presencia del cónyuge durante todo el trámite.
Trabajadores extranjeros
– El plazo para dar el pase a los contratos laborales que aprueba el MTPE será de 30 días y no de 15 días, para evitar que cuando el ciudadano extranjero se presente a realizar su trámite, este documento se encuentre vencido.
– Los extranjeros que soliciten prórroga de permanencia en calidad de trabajador sólo presentarán las 2 últimas boletas de pago.
– Para el permiso especial de viaje, sólo se indicará la fecha de salida del país y no copia de pasajes y del pasaporte, como se venía exigiendo.
Además, en concordancia con los principios de simplificación administrativa, Migraciones ha implementado “Servicios en Línea” que permite a los usuarios realizar trámites vía web, sin necesidad de apersonarse a las oficinas de migraciones.
Los cambios contenidos de la RM 0633-2015-IN se aplicarán a todos los procedimientos en trámite al 26-10-2015.
Fuente: CCL.